profesor Sebastián Figueroa Rubio

lunes, 15 de agosto de 2011

Cambio de ordenamiento jurídico

Les muestro una noticia que nos ayuda a pensar en cuáles deben ser los mecanismos por los cuales se debe cambiar una constitución.


La crisis económica de 2008 generó en Islandia las primeras protestas masivas en más de 50 años. Las manifestaciones, iniciadas por el músico Hörður Torfason, terminaron forzando la renuncia del primer ministro Geirh Haarde, acusado de negligencia en el ejercicio de su cargo.

El descontento dio inicio a un proceso de refundación de la Carta Constitucional, con un sistema que incentiva expresamente la participación ciudadana a través de las redes sociales como Facebook y Youtube.

En abril de 2009 asumió como primer ministro Jóhanna Sigurðardóttir, quien envió al Congreso un proyecto de ley para convocar a una Asamblea Constituyente el 4 de noviembre de 2009.

La elección de una Asamblea Constitucional en Islandia

El proyecto, aprobado en el Congreso, determinó que las discusiones de la Asamblea Constituyente se grabarían en video y se subirían a Internet. Además, serían abiertas al público en la medida en que hubiera espacio en las salas (no todo es digital en la vida).

Se publicaría en un sitio web oficial los videos, actas y borradores de las propuestas, así como la transcripción de las discusiones.

Lo más importante, las personas podrían participar dejando comentarios y sugerencias en el sitio oficial, habilitado para recibir mensajes vía Facebook, Yahoo, AOL y Hotmail. Eso sí, los ciudadanos participantes deberían hacerlo usando sus nombres reales y no se aceptan mensajes anónimos.

Qué discutiría la “Asamblea Constitucional 3.0”

Los temas que discutirá la Asamblea para cambiar la Constitución fueron definidos en un Foro Nacional, compuesto por mil personas elegidas al azar.

Este informe, a su vez, fue discutido por la Asamblea Nacional, la que posteriormente presentaría una propuesta de enmiendas y agregados a la Constitución que sería votada por el Congreso (Alþingi).

El Foro se llevó a cabo el 6 de noviembre de 2010, y el informe resultante fue redactado por un Comité Constitucional elegido por el Congreso.

La impugnación de la elección de la Asamblea Constitucional en Islandia

El 27 de noviembre del 2010 se llevaron a cabo las elecciones de la Asamblea Constitucional, pero los resultados fueron impugnados y anulados por la Corte Suprema por disconformidad con los procedimientos. Acabó siendo un Consejo Constitucional, el que tomó las funciones en vez de la Asamblea Constitucional originaria.

El uso de redes sociales en la reforma constitucionalLas reuniones del Consejo fueron transmitidas en vivo y grabadas para su acceso a través del sitio web del organismo. Además, avisos en los medios de comunicación han instado a las personas a estar al tanto de los avances y a participar en el proceso enviando su opinión y comentarios, para lo cual se abrió un sitio web especial. Los comentarios se publican con nombres reales, como se puede ver en el sitio http://stjornlagarad.is/

El Consejo Constitucional dividió su trabajo en tres grupos, cada uno abordando diferentes tópicos recogidos en el Foro Nacional ciudadano, según un procedimiento establecido por el propio organismo el 13 de abril de 2011.

Además, periódicamente se publican en Facebook y en Youtubeentrevistas a delegados, y los inscritos reciben un newsletter semanal. Cuando un borrador de proyecto para acta constitucional es agendado para discusiones formales, se publica en el sitio web una transcripción de las discusiones.

El sitio web ha recibido hasta el momento más de 3000 comentarios, que incluyen nombramiento de jueces, discriminación basada en el genotipo, la edad de los diputados, género, paz, democracia y grupos de interés, islandés, acceso a las autoridades, ciudadanía para extranjeros, etc. Los comentarios incluyen tanto propuestas directas de los ciudadanos como los enviados a los diferentes artículos que están propuestos como borrador.

Por ejemplo, uno de los borradores tiene esta versión para un artículo sobre igualdad:

“Todos son iguales ante la ley y gozarán de los derechos humanos sin discriminación, tales como el sexo, la edad, el genotipo, la ubicación geográfica, capacidad económica, orientación sexual, raza, color, opinión, política, relaciones, religión, idioma, origen origen social, nacimiento u otra condición.

Hombres y mujeres gozan de iguales derechos en todos los aspectos”.

Y los comentarios (12 para este texto) incluyen una sugerencia para eliminar la última línea por encontrarla redundante, borrar la lista de causales de discriminación y dejar una declaración genérica de igualdad, hacerla más específica para los derechos de los niños, etc.

Las minutas de reunión del Consejo, del comité directivo y los comités temáticos, una vez aprobadas, también son publicadas en el sitio web del Consejo Constitucional, junto con los borradores con los comentarios de los delegados, las recomendaciones de los partidos políticos y las propuestas y ponencias de invitados a participar en los debates.

El borrador del documento puede contener variantes alternativas para capítulos o artículos individuales, siempre que estas variantes tengan el apoyo de al menos la quinta parte de los delegados. Las últimas informaciones dicen que esta parte del el proceso terminaría a fines de julio.

La votación de los cambios a la Constitución de Islandia

Finalizado el plazo de tres meses (o cuatro si hay prórroga), la directiva del Consejo Constitucional someterá el borrador final de un acta constitucional a una primera lectura, tras lo cual se discutiría y publicarán en el sitio web los reportes y recomendaciones de los comités.

La segunda lectura no puede tomar lugar hasta dos días después de que los reportes y enmiendas de los comités hayan sido publicadas en el web site. En esta ocasión los borradores de artículos individuales son debatidos, se agregan las enmiendas y se votan.

Finalmente debe votarse por la propuesta en su totalidad, antes de enviarla al parlamento.

Fuente: Biblioteca del Congreso Nacional

Las/os invito a discutir las siguientes preguntas

¿Cómo debería ser el proceso de crear una constitución? (quiénes deberían participar, de qué forma)

¿Cuándo debería poder cambiarse una constitución?

¿Qué tiene de bueno y de malo el proceso en Islandia?

2 comentarios:

  1. El proceso para la creación de una constitución debe ser primero postulado a la comunidad a través de los denominados medios de comunicación ( en la actualidad) para saber la opinión y las necesidades mas fundamentales, para luego así presentar una propuestan en conjunto a los poderes del estado y legisladores que deben participar en su creación. para ser enviada al congreso.

    Una constitución podria ser cambiada cuando se generan cambios extremos de gobiernos por ejemplo de pasar de una dictadura a una democracia. De otro modo no es necesario un cambio constitucional , solo modificaciones de ciertas partes de ella pero no es su totalidad.

    Lo bueno del proceso de Islandia es la integración que le dan a los ciudadanos por medios de las redes sociales para estar al tanto de lo que sucede y poder dar su comentario.

    Lo que juega en contra del proceso que podria denominar abierto es que en él se generaran demasiadas ideas de diferentes ideologias siendo todas totalmente válidaz como por ejemplo de partidos políticos.

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  2. El proceso de creación de una constitución sin duda debe ser lo más democrático y transparente posible, recogiendo ideas, opiniones y comentarios de la ciudadanía en general. La cuestión está en ¿cómo canalizar y garantizar esta participación?, el modo de canalizar esta participación a primera vista debiera ser a través de las redes sociales de comunicación (facebook, twitter y yahoo entre otras), siguiendo el ejemplo de Islandia. Pero si se busca una mayor participación igualitaria y democrática mediante esta forma, se estaría privilegiando las esferas sociales e intelectuales que ocupan estos medios y se estaría excluyendo a personas que no emplean estas plataformas o simplemente no puede acceder a ellas.
    Por ello se hace necesario complementar esta forma de participación, mediante comités comunales establecidos, quienes estén abiertos a recibir las opiniones y formular propuesta, las cuales sean despachadas al congreso donde finalmente se incluyan, aprueben o rechacen.
    El modo de garantizar esta participación se podría hacer creando órganos encargados de fiscalizar y garantizar esta competencia ciudadana.
    Una constitución debería cambiarse en el caso de un quiebre institucional efectivo, o cuando existan necesidades profundas y esenciales complementadas por un apoyo social muy mayoritario.

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